Según la Ordenanza Municipal reguladora vigente, en los Mercados de gestión directa, la licencia se puede obtener previa solicitud, ante la existencia de un puesto vacante, por traspaso del puesto o cambio de titularidad, por transferencia “ínter vivos” o “mortis causa”. En el artículo 29 de dicha Ordenanza, se recogen las diferentes licencias de venta que podrán ejercerse en los Mercados de Abastos.
En la web del Ayuntamiento, únicamente se informa de la documentación a entregar junto a “una solicitud dirigida al Excmo. Sr. Alcalde” en caso de puestos vacantes o de traspasos.
En base al artículo 15.1 del Reglamento Orgánico de Organización y Funcionamiento del Pleno y a los efectos de ejercer mis funciones de fiscalización y control como concejal del Grupo Municipal de Adelante Sevilla, SOLICITO se me facilite copia de la documentación que abajo se detalla:
Listado de puestos de cada uno de los Mercados de gestión directa, indicando si se encuentran vacantes o, en caso contrario, el tipo de licencia de venta que tienen concedidos.