El nuevo Reglamento del Pleno: más control al gobierno y más participación

Hoy, 1 de junio de 2019, entra en vigor el nuevo Reglamento Orgánico de Organización y Funcionamiento del Pleno del Ayuntamiento de Sevilla. Un reglamento que, tras cuatro años de trabajo entre los diferentes Grupos Municipales, se aprobó de forma definitiva el pasado mes de marzo. En el texto no se han introducido todas las propuestas que hicimos en el proceso, pero hay que reconocer que se ha avanzado bastante en materia de transparencia, participación y control al gobierno gracias a las enmiendas de Izquierda Unida y Participa Sevilla.

Dos Plenos y una sola moción

Seguramente lo más relevante en el nuevo Reglamento sea la celebración de «dos» Plenos al mes: uno ordinario como hasta ahora y otro de control al gobierno, al modo de las sesiones de control de los parlamentos autonómicos o el Congreso, donde los diferentes delegados y delegadas deberán responder a las preguntas de la oposición. El primero tendrá categoría legal de Pleno y el segundo es, en realidad, una Comisión… aunque esto para el ciudadano o ciudadana interesada no debe tener ningún tipo de diferencia.

También se reduce a una las mociones ordinarias que puede presentar cada Grupo, pudiéndose presentar otra moción en algunas de las Comisiones delegadas (normalmente una por cada una de las áreas del gobierno municipal) y se reduce de forma ostensible la posibilidad de presentar mociones por urgencia para temas que, de verdad, sean urgentes («mociones que tengan como causa algún acontecimiento que se haya producido o conocido con posterioridad»).

En cualquier otro caso, las mociones urgentes (que en realidad no lo son) serán debatidas en las Comisiones delegadas, pudiéndose presentar sin límite mociones que sean firmadas por todos los Grupos a modo de declaración de la Corporación, que serán directamente leídas sin mediar debate.

Con estos cambios, se prometen unos Plenos menos tediosos y más cortos… también dependerá de los que estemos sentados en el Salón Colón.

Más transparencia

El texto, a partir de ahora vigente, recoge la creación de un Registro Público de Obsequios e Invitaciones que deberá ser actualizado de forma trimestral haciendo constar la persona, organización o empresa que hace la invitación o el regalo. No se pueden imaginar la cantidad de dádivas e invitaciones que llegan a los diferentes Grupos Municipales, este registro público (si se implemente de forma correcta) puede servir para poner el foco en la cuestión.

Todas las Comisiones delegadas serán públicas a partir de ahora y tendrán el mismo régimen de publicidad que el Pleno municipal, esto también se asemeja al trabajo parlamentario en el que, además del debate plenario, se producen debates en las diferentes comisiones temáticas.

En el nuevo Reglamento también se regulan los procedimientos para la aprobación del presupuesto municipal y de las ordenanzas fiscales que, siempre deberán debatirse en una comisión pública. También se recoge la posibilidad de presentar una enmienda a la totalidad del presupuesto que, en caso de aprobarse, implicaría el rechazo al proyecto del gobierno.

Más control

Como decía antes, todos los meses se celebrará una sesión de la Comisión Permanente de Control y Fiscalización del Gobierno donde la oposición podrá presentar hasta cinco preguntas orales a los diferentes delegados y delegadas y, además, en el Pleno ordinario cada Grupo podrá presentar una pregunta oral al alcalde que éste tendrá que responder sin delegar. Por motivo de urgencia, cada Grupo podrá cambiar una de sus cinco preguntas.

Además de esas cinco preguntas orales, se podrán presentar todas las preguntas que se quiera para que el gobierno responda por escrito en un plazo de 15 días.

También las entidades ciudadanas inscritas podrán presentar preguntas en esta Comisión Permanente con cinco días de antelación y que serán respondidas por escrito, salvo que el gobierno quiera hacerlo de forma oral.

Más participación…

En el Pleno podrán intervenir personas para exponer su parecer sobre alguna cuestión que se debata, a invitación de la Presidencia, de cualquier Grupo o por propia iniciativa. La petición deberá ser acordada en la Junta de Portavoces, ya sabemos que quien hace la Ley hace la trampa… pero, si no se empieza a limitar sin razón, esto supone un avance con respecto al anterior Reglamento. También podrán intervenir hasta dos entidades legalmente registradas en los puntos que aborden expedientes en los que hubieran intervenido como interesadas.

El actual turno ciudadano (que se ha usado como nunca en el mandato que ya acaba) sigue vigente, con un máximo de hasta cuatro intervenciones por Pleno, pudiéndose presentar preguntas directamente en las Juntas Municipales de Distrito si el tema incumbe al territorio concreto.

El nuevo reglamento recoge que las Juntas Municipales de Distrito pueden elevar al Pleno una propuesta de acuerdo cada mes para su debate y aprobación y que ésta sea defendida por la entidad proponente durante un máximo de tres minutos.

En las diferentes Comisiones delegadas también podrán intervenir las entidades ciudadanas inscritas por invitación de la Presidencia o por acuerdo de la mayoría simple de sus miembros.

…pero aún queda mucho por hacer

El nuevo Reglamento también recoge la iniciativa popular, donde vecinos y vecinas podrán presentar directamente en el Pleno alguna propuesta de acuerdo o proyecto de reglamento siempre que se recojan un porcentaje de firmas «que en cada momento se establezca por ley». Si nos acogemos a la Ley de Participación Ciudadana de Andalucía, esta posibilidad ya se recogía desde 2017 en su artículo 27, pero deja el procedimiento y el número de firmas a recoger al albur del reglamento municipal.

El reto en este mandato debería ser sacar adelante un Reglamento de Participación Ciudadana que de verdad suponga un avance en procesos participativos y sea un revulsivo para las Juntas Municipales del Distrito. En el mandato que ahora acaba, pese a cuatro años de trabajo, el PSOE ha sido incapaz de llegar a un consenso y ha estado mareando cada ciertos meses con borradores diferentes que, en muchas ocasiones, suponían pasos atrás.

Por tanto, el Reglamento del Pleno que hoy entra en vigor supone avances en materia de transparencia, participación y control al gobierno. Su puesta en práctica sin cortapisas y que, de verdad, se facilite la participación real va a depender del gobierno municipal. Estaremos atentos.